Los técnicos de ASAJA de Castilla-La Mancha, al igual que en otras Comunidades Autónomas, están trabajando duramente para resolver las incidencias remitidas por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en los expedientes de las ayudas procedentes de la Política Agraria Comunitaria. Estos profesionales se están encontrando con prácticamente una decena de distintas trabas, también comunes en todas las CCAA, que frenan que los agricultores y ganaderos pueden cobrar el adelanto de la PAC. Entre los mas comunes, destacan desde tener que comprobar los ingresos a expedientes de Rotación de Secano, el pago verde o la cesión dederechos.
Los técnicos de la organización se están poniendo en contacto con los socios que no han pasado los controles administrativos para solicitarles la información pertinente. Entre los más reseñables cabe destacar:
Verificar los ingresos y falta de datos fiscales. Esta habiendo un requirimiento de la documentación necesaria para subsanar los expedientes de las personas jurídicas que han sido retenidos para verificar cuanto antes que los ingresos agrarios presentados son correctos, o bien que les falte incluir algunos datos fiscales, tales como el modelo 200 (impuesto de sociedades) o modelo 184 de los años fiscales 2012,2013 y 2014.
Pago verde en pequeños agricultores. Asimismo, tendrán que esperar aquellos agricultores pendientes de recibir el pago verde considerados como pequeños agricultores que disponían con anterioridad de más de 10 hectáreas.
Rotación de Secano. También hay problemas en aquellos expedientes de Rotación de Secano o Pago Único cuyo importe de 2014 se haya incrementado sustancialmente.
Cesión Derechos. Igual ocurre con los expedientes de aquellos productores que hicieron la cesión de derechos en 2014, los que cuentan con el denominado beneficio inesperado o los que han solicitado una Cesión de Derecho de Cobro que esté pendiente de subsanar.
Cambio titularidad. También deberán esperar a diciembre aquellos agricultores que presentaron alegaciones de cambio de titularidad de las explotaciones formalizadas en el periodo comprendido entre el 16 de mayo de 2014 y el 15 de junio de 2015.
Verificar la actividad agraria. Y del mismo modo, los perceptores que deben cumplir la norma 20/80, es decir, comercializar el 20% de los pagos directos de la PAC, pues la Administración debe primeramente controlar que cumplen con el requisito de titular de la explotación y realizan actividad agraria, para lo que ya se están realizando las verificaciones convenientes.
Falta de código de la CCAA. Además, se han retenido aquellos expedientes de titulares o cesionarios que no cuentan con el código acreedor, un código que concede la Consejería de Hacienda y que se ha retrasado por algún motivo ajeno al agricultor, como la modificación en un período muy próximo al pago del número de cuenta por parte de las entidades financieras.
Agricultores activos. Por último, no podrán cobrar el anticipo tampoco algunos agricultores que todavía no están caracterizados como agricultores activos. En general, estos son los que no han declarado nunca ayudas ni de Pago Básico u otras ayudas directas y los que no tienen o tienen excluido el código de clasificación nacional de actividades económicas (CNAE).
Fuente | Agroinformación